Las últimas novedades sobre las deducciones por maternidad en el Reglamento del IRPF
14 de diciembre de 2023

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que permite adaptar el Reglamento del IRPF a las mejoras en las deducciones por maternidad contempladas en los Presupuestos Generales del Estado de 2023.


En concreto, las novedades que se adaptan ahora al Reglamento del IRPF respecto a la deducción por maternidad derivan de la aplicación, con la entrada en vigor de los presupuestos 2023, de la ampliación de esta deducción a las madres que en el momento del nacimiento del menor estuvieran percibiendo prestaciones por desempleo o estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o bien que, en cualquier momento posterior al nacimiento, estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o mutualidad, con un período mínimo de 30 días cotizados.


Así, la norma aclara su aplicación en los casos de adopción, acogimiento permanente o delegación de guarda para la convivencia, donde se atenderá a la fecha de su inscripción en el Registro Civil o, en su caso, a la fecha de la resolución judicial o administrativa, en lugar de la fecha de nacimiento del menor.


Por otra parte, el real decreto modifica el Reglamento de IRPF para adaptarlo a lo recogido en los presupuestos de 2023 sobre el incremento del salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF, que pasó desde los 14.000 euros anuales aplicables en el ejercicio anterior hasta los 15.000 euros anuales, minorando la tributación a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros, equivalente al salario mediano en España. Como consecuencia de lo anterior, se eleva el umbral inferior de rendimientos del trabajo de la obligación de declarar a 15.000 euros anuales.


Para mayora información, por favor, pónganse en contacto en horario comercial con nuestro departamento fiscal.


Deje que los especialistas le asesore.

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