La tarifa plana para nuevos autónomos en 2025
10 de marzo de 2025

La tarifa plana consiste en el pago de una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Durante este periodo, la cotización se realiza por el importe de la base mínima del tramo 1 de la tabla general de cotización, es decir, importe  87, 60 € mensuales .


Requisitos principales:


-Para poder beneficiarse de esta tarifa plana, el autónomo no debe haber estado incluido en el RETA en los dos años anteriores, o tres años si ya disfrutó de este beneficio con anterioridad. 


-La duración inicial de la tarifa plana es de 12 meses, pero puede prorrogarse por otros 12 meses más si los rendimientos económicos del autónomo son inferiores al salario mínimo interprofesional. Esta prórroga debe acreditarse a través de la declaración sobre la previsión de los rendimientos netos.


Existen particularidades que permiten que la duración inicial sea de 24 meses, prorrogables por otros 36 meses si los rendimientos netos previstos son inferiores al salario mínimo interprofesional. 

Algunas de estas especialidades incluyen:


    1. Tarifa plana para personas con discapacidad: Los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% pueden beneficiarse de esta tarifa plana. Es necesario acreditar la discapacidad mediante la resolución del órgano competente o una resolución del INSS que certifique la incapacidad.


    2. Tarifa plana para víctimas de violencia de género: Las personas que acrediten ser víctimas de violencia de género pueden acceder a esta tarifa plana. La acreditación puede realizarse mediante una certificación de los Servicios Sociales, una orden del Ministerio Fiscal, una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.


    3. Tarifa plana para víctimas de terrorismo: Las víctimas de terrorismo también pueden beneficiarse de esta tarifa plana, siempre y cuando acrediten su condición mediante un certificado del Ministerio del Interior.


Es importante destacar que los autónomos que son familiares colaboradores tienen sus propios incentivos y, por lo tanto, no pueden solicitar la tarifa plana. Asimismo, esta medida no es aplicable a los religiosos de la Iglesia Católica.


Por último, si un autónomo está dado de alta en varios regímenes, deberá elegir entre los beneficios de la tarifa plana o aquellos que se otorgan en caso de pluriactividad. Es esencial conocer los beneficios disponibles en situaciones de pluriactividad para tomar la mejor decisión.

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