El 15 de abril Hacienda comenzará a permitir a los autónomos aplazar hasta 50.000 euros en impuestos
3 de Mayo de 2023

El BOE publicó el pasado 31 de marzo la nueva orden que amplía hasta 50,000 euros el límite de deudas por impuestos o sanciones que pueden aplazar los autónomos con Hacienda sin necesidad de aportar ninguna justificación. A partir del 15 de abril ya podrán solicitar estos aplazamientos.

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 31 de marzo la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento. Con la publicación de esta norma, los autónomos podrán aplazar a partir del 15 de abril, momento en el que entra en vigor la ley, hasta 50.000 euros de deudas -impuestos o sanciones- con Hacienda sin necesidad de aportar ningún tipo de garantía.


Hasta la fecha y desde 2017, los trabajadores por cuenta propia contaban con un mecanismo para poder solicitar un aplazamiento sin aval de sus liquidaciones de IVA o IRPF siempre que la deuda fuera inferior a 30.000 euros. Dentro dos semanas, la Agencia Tributaria ya admitirá aplazar 20.000 euros más, hasta 50.000 euros, de manera automática y sin aportar ningún tipo de garantía.


Con la entrada en vigor de esta nueva orden, los autónomos podrán en principio acceder a un aplazamiento de sus deudas de hasta doce meses sin aportar ninguna justificación -dependiendo de sus circunstancias los plazos pueden variar- y podrán aplazar la mayor parte de sus impuestos, exceptuando algunos tributos como el de Sociedades o el IRPF, que cuenta con una normativa propia.

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