¿Cómo declarar tus bienes o derechos en el extranjero en el modelo 720?
10 de Marzo de 2023

El próximo 31 de marzo de 2023 finaliza el plazo para presentar ante la Agencia Tributaria la declaración anual informativa sobre los bienes y derechos situados fuera del territorio español a través del modelo 720


Todas las personas físicas y jurídicas residentes en el territorio español que a 31 de diciembre de 2022 hayan estado en una de estas situaciones:


    • Que hayan estado titulares, representantes, autorizados, beneficiarios o hayan tenido poder de disposición sobre cuentas corrientes en entidades financieras situadas en el extranjero.


    • Que hayan estado titulares de valores, derechos, seguros y rentas vitalicias o temporales depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.


    • Que hayan estado titulares de bienes inmuebles o de derechos reales sobre los mismos situados en el extranjero


Están obligados a presentar la declaración:


    • Cuentas corrientes o depósitos bancarios depositadas en los bancos fuera de nuestras fronteras, cuando los saldos a 31-12-2022 o los saldos medios del último trimestre de 2022 superen conjuntamente importe de 50.000 euros.


    • Acciones, Fondos de Inversión, Seguros de vida o invalidez u otros activos gestionados u obtenidos en el extranjero, cuando su valor a 31-12-2022 sea, conjuntamente, más de 50.000 euros.


    • Bienes inmuebles situados en el extranjero, con valor superior a 50.000 euros.


    • Será obligatorio volver a hacer la declaración respecto al año 2022 cuando los saldos o los valores de los bienes y derechos declarados en la última declaración se han incrementado en 20.000 euros.


    • Así mismo, se tendrá que hacer la declaración cuando durante 2022 se haya perdido la condición de titular, autorizado, representando o beneficiario de las cuentas, valores o inmuebles declarados en la declaración anterior.


Para más información, por favor, dirigirse a nuestro departamento fiscal.


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